La Constitución Nacional, en su reforma de 1994, incorporó en el Artículo 42 los derechos de los consumidores. Allí se define al conjunto de los consumidores y usuarios de bienes y servicios –tanto públicos como privados– como un grupo merecedor de derechos con relación al consumo.
En este sentido, enumera derechos para los consumidores, impone condiciones del lado de la oferta para la provisión de bienes y servicios, y ordena la creación de instituciones y marcos regulatorios que estimulen la eficaz defensa de esos derechos. Algunos de ellos son: protección de la salud, protección de los intereses económicos de los consumidores, derecho a la información completa y veraz, a la libertad de elección, a condiciones de trato equitativo y digno y a la educación para el consumo.
En este aspecto, el Estado debe defender la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, controlar los monopolios naturales y legales y asegurar la calidad y eficiencia de los servicios públicos nacionales.
También se estipula la creación de marcos regulatorios para los servicios públicos nacionales y procedimentales, para la prevención y solución de conflictos, que deben incluir la participación de asociaciones de consumidores y usuarios en los organismos de control.
Ley de Defensa del Consumidor (Nº 24240): es una de las más relevantes en la protección de consumidores y usuarios. En ella se define qué es un consumidor o usuario y a qué información tiene derecho, impone condiciones para la oferta y la venta de ciertos productos y servicios e incluso establece los requisitos de garantías de algunos productos y/o servicios. Impone además condiciones según el tipo de producto o prestación. En el caso de los servicios públicos domiciliarios (Artículos 25 al 31) establece que la ley es aplicable, sólo supletoriamente, a la legislación específica que controla los entes reguladores de cada sector.
En 2008, el Congreso modificó la Ley de Defensa del Consumidor e incorporó nuevos instrumentos para multar a empresas fabricantes o comerciantes cuando perjudiquen a consumidores de productos de hasta $ 3000. La indemnización puede llegar hasta los $ 5 millones.
La nueva normativa también obliga a las oficinas de Defensa de la Competencia de todo el país a defender a los consumidores de manera gratuita.
Ley de Defensa de la Competencia (Nº 25156) regula los mercados y los servicios públicos. Establece cuáles son los acuerdos y prácticas prohibidas para las empresas, qué se considera posición dominante, cuáles son los requisitos para la formación de concentraciones y fusiones y crea el Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia. Se trata de un organismo autárquico, dependiente del Ministerio de Economía, cuyo fin es aplicar y controlar el cumplimiento de la ley. Entre sus funciones se encuentran la de organizar el Registro Nacional de la Competencia, promover e instar acciones ante la Justicia, propiciar soluciones consensuadas entre las partes, suscribir convenios con asociaciones de usuarios y consumidores para la promoción de la participación de las asociaciones de la comunidad en la defensa de la competencia y la transparencia de los mercados y llamar a audiencias públicas, entre otras.
Cumplen una función social relevante, al velar por los derechos de los usuarios y fomentar su participación en los procesos de intercambio de bienes y servicios. El Estado las reconoce y les asigna la función de defender, informar y educar al consumidor. Se puede acudir a ellas, tanto para iniciar alguna acción conjunta como para obtener información y orientación.
Si desea obtener datos sobre las distintas asociaciones registradas por provincia o acerca de los requisitos necesarios para conformarlas, consulte a la Secretaría para la Defensa de la Competencia y el Consumidor.
..Y NO ME DIERON UN RESULTADO EL CABELLO, Y NO KIEREN RECONOCERME SIQUIERA EL IMPORTE QUE PAGUE DE $500, AL MARGEN DEL DAÑO EN EL CABELLO Y LA ODISEA D ETODOS LOS DIAS TENER Q ENCREMAR EL CABELLO PARA PEINARME…ME CORRESPONDE INDEMNIZACION
TENIENDO TODOS LOS COMPROBANTES DE TICKET Y EL PAGO CON LA TC , Y EN L FT DICE “ALISADO DEFINITIVO”
Me hice un alisado y no obtuve resultados, tengo el cabello totalmente dañado, fuí hacer el reclamo y no me dan respuesta…ellos dicen que el cabello esta bien y que ese es el resultado, estoy indignada pague $450, sólo tengo el comprobante de pago con la tarjeta de débito, ellos no me quieren devolver mi dinero! Además el producto es con formol y en el momento del tratamiento no paraba de lagrimear y no podía ni hablar del ardor de garganta…me provocaba mucha tos asi es que le pedí una toalla para taparme la cara, y como lo tuve que dejar 3 días, a la noche no podia dormir tranquila por que el olor del producto me descomponia.