Luego de la derogacion de la “Tablita de Machinea” (Escala del Articulo 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias).
A partir del 09 de marzo del 2008 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 1426/2008 que establece modificaciones en determinados montos de deducciones computables en el impuesto a las ganancias.
Se incrementa el monto en concepto de “ganancias no imponibles” de $ 7500 a $ 9000 (Articulo 23 inciso a). Este incremento también deberá ser considerado para la deducción de “Servicio Domestico”.
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