Cómo deben hacerse las copias de seguridad según la LOPD

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El cumplimiento de la LOPD es un tema que siempre suscita dudas. Así, pues, no todas las formas de hacer copias de seguridad son adecuadas con la Ley Orgánica de Protección de Datos. Hay que seguir una serie de criterios que nos permitan ser cuidadosos, independientemente de cuál sea el nivel de seguridad de dichos datos.

En este post vamos a analizar cómo deben hacerse las copias de seguridad para que seamos respetuosos con la Ley Orgánica de Protección de Datos, y sobre todo, lo que es aún más importante, proteger de manera eficaz la seguridad de la información de nuestros clientes y proveedores para que no caiga en malas manos.

Requisitos para hacer copias de seguridad según la LOPD

La Ley Orgánica de Protección de Datos reconoce que hay tres niveles de seguridad diferentes, según el tipo de datos del que estemos hablando. Cada uno de esos niveles requiere de un tipo de copia de seguridad distinto. Así, lo primero será determinar de qué tipo de datos estamos hablando.

  • Nivel básico: cuando se trata de datos personales como nombre, teléfono, dirección postal, etc.
  • Nivel medio: hace referencia a datos relacionados con comisión de infracciones relacionados con solvencia patrimonial, crédito, infracciones administrativas y penales.
  • Nivel alto: datos relacionados con aspectos como la religión, raza o ideología, sexo, salud o filiación sindical de las personas.

¿Qué obligaciones tenemos que cumplir en cuanto a copias de seguridad para cada uno de los niveles? Hay algunos puntos comunes a todos ellos y otros específicos.

Por ejemplo, para todos los niveles de seguridad es necesario realizar un backup al menos 1 vez por semana, de acuerdo con el artículo 94.1 del RD. 1720/2007. Además, también es obligatorio garantizar que se puede hacer una restauración de datos al momento anterior en el que se produjo la pérdida.

En el caso del nivel de seguridad medio, es necesario además disponer de una autorización para poder ejecutar el procedimiento de restauración de datos. Y en el caso específico, es obligatorio recurrir al almacenamiento externo de las copias de seguridad, así como de los procedimientos de restauración.

La ventaja del almacenamiento externo es que en los casos en los que se produzca un incendio, robo o catástrofe en el lugar donde están localizados tus servidores, tus copias de seguridad permanecerán a salvo en otro lugar, con lo que se garantiza de manera mucho más efectiva la posibilidad de restauración. Te aconsejamos que hagas siempre copias externas en la nube de tus datos con empresas que además te puedan garantizar el cifrado de tus datos.

¿De qué forma estás haciendo las copias de seguridad de los ficheros de tu empresa? Te invitamos a que te pongas en contacto con nosotros para cualquier duda.

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